Reforma Constitucional y Ley de Cultura 1990– 2001
El país, al igual que el continente, inicia la última década del siglo adoptando políticas de ajuste - reducción del estado, abolición de proteccionismo y autorregulación del mercado- diseñadas dentro del modelo neoliberal, como una salida a la crisis de los años ochenta.
No obstante, los primeros años de la década del noventa fueron muy significativos en materia de consolidación de una política cultural. En 1990, se presentó al país un documento llamado "Nueva orientación de una política cultural para Colombia", bajo el lema "Una cultura para la democracia y una democracia para la cultura", el cual identifico tres áreas de acción de la política estatal cultural: preservación del patrimonio cultural, democratización del acceso a la cultura y formación del talento artístico, además de contemplar la incorporación de la dimensión cultural en los planes de desarrollo y en el proceso de descentralización administrativo. Este Plan avanza en el consenso político al ser aprobado por el Consejo Nacional de Política Económica y Social Conpes y al adelantar en su proceso de formulación un intercambio y diálogo con diversas regiones.
Posteriormente el marco de elección de designados y trabajo preparatorio para la realización de la Asamblea Nacional Constituyente que reformaría la carta política; el Instituto Colombiano de Cultura Colcultura, en asocio con diversas entidades, convocó al Foro sobre Cultura y Constituyente con el propósito de discutir las posturas oficiales y de la sociedad civil en torno a este tema y llamar la atención de candidatos presidenciales y constituyentes sobre el potencial de la cultura en los procesos sociales que en ese momento vivía el país. Con este trabajo y con una serie de discusiones regionales y nacionales, que postulaban la descentralización y regionalización del trabajo cultural, el reconocimiento del quehacer cultural de las regiones y de las fuerzas sociales que en ella actuaban así como la formulación de políticas culturales integradas que permitieran superaran la desintegración y debilidad del sector, se dio inicio a la reforma constitucional en los temas de cultura.
La Constitución Política de 1991, sin lugar a dudas, incorporó preceptos que han sido fundamentales en el planteamiento de las políticas culturales y que se expresan, en la aceptación de la plurietnicidad y la pluriculturalidad del país, en la postulación de la cultura como fundamento de la nacionalidad y para el logro del desarrollo económico y social.
El camino recorrido posteriormente se enmarca en los dos planes nacionales de cultural "La cultura en los tiempos de transición (1991-1994)" y el "Plan Nacional de Cultura 1992-1994: Colombia, el Camino de la Paz, el Desarrollo y la Cultura hacia el siglo XXI". En el primero se contempla entre otros aspectos la descentralización y en ella el municipio como escenario propicio para el desarrollo cultural, la reestructuración y consolidación de los consejos regionales y locales de cultura y la constitución de los Fondos Mixtos Regionales y Locales.
En el Plan Nacional de Cultura 1992-1994, recoge algunos de los postulados constitucionales tales como la pluralidad cultural y diversidad étnica y la democracia participativa. En este Plan se contempla el Sistema Nacional de Cultura, como estrategia que posibilita el desarrollo cultural y permite el acceso de la comunidad a los bienes y servicios culturales a través de los Consejos Departamentales y Municipales y la financiación institucional a través de los Fondos Mixtos Nacional y Regionales para la Cultura y las Artes.
La creación de espacios de concertación, procesos de desarrollo institucional, información y planificación, e instancias de ejecución de las acciones culturales en el ámbito municipal, departamental, regional y nacional son el camino esbozado en el Plan para consolidar los principios que la Constitución Política de 1991.
En 1997 después de un largo proceso de consultas y cabildeos políticos nace la Ley General de Cultura, en la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política de Colombia de 1991 y se dictan normas sobre el patrimonio cultural, el fomento, los estímulos a la cultura y la creación del Ministerio de Cultura.
La Ley General de Cultura se constituye en un marco normativo que permite construir políticas que propicien el acceso democrático al conocimiento, a la creación y goce de los bienes culturales y servicios, fomenten e incentiven la creación y la investigación y protejan el patrimonio cultural de la nación armonizando iniciativas estatales, privadas y comunitarias.
La Ley General de Cultura, señala como camino para la construcción de una política cultural nacional actual en el Titulo IV "De la gestión cultural", donde se describe el Sistema Nacional de Cultura como estrategia privilegiada para que las regiones y los diversos sectores culturales participen en el Consejo Nacional de Cultura, órgano asesor del Ministerio de Cultura para la formulación de la políticas culturales participativas y concertadas.
En el 2000 en cumplimiento de lo referido en la Ley de Cultural el Ministerio de Cultura convoca un proceso de consulta ciudadana, en el que participaron más del 60% de los municipios colombianos, para formular las bases del Plan Nacional de Cultura y para elegir los delegados al Consejo Nacional de Cultura.
A la fecha julio del 2001 el Ministerio de Cultura junto con el Consejo nacional de Cultura y los diversos sectores allí representados diseñan el Plan Decenal de Cultura 2001-2010 el cual orientará la política cultural del país en los próximos años.