Son recursos provenientes del incremento en un 4% del impuesto sobre las ventas IVA al servicio de telefonía móvil, el cual quedó gravado con una tarifa total del 20% de acuerdo a lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 468-3 del Estatuto Tributario, a partir del 1° de enero del 2003.
Se determinó que dicho aumento se destinaría a inversión social y, en particular, un 25% del incremento se orientaría a apoyar programas de fomento y desarrollo deportivo y también al fomento, promoción y desarrollo de la cultura.
Para obtener mayor información, puede consultar la página oficial del Ministerio de Cultura, en el módulo Recursos IVA, ubicado en: Planes, programas y proyectos o ingresando directamente por el siguiente link: http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=1817
Documentos de Consulta:
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